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Esto debes cobrar si tu jefe te pone a trabajar en festivos de Semana Santa

Una de las festividades más esperadas por los colombianos es la Semana Santa. Por tal razón, es indispensable tomar a tiempo el calendario, y tener papel y lápiz en mano para organizarse y saber cuáles destinos visitar en esta tradicional celebración.

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Algo muy importante para los cordobeses es programarse y averiguar cuándo van a descansar.

Lastimosamente no todos pueden gozar de este beneficio, ya que algunas empresas solicitan a sus colaboradores para realizar turnos en estos festivos. Para algunos es un trago amargo. Sin embargo, para otros es una oportunidad de obtener un dinero adicional. Hoy te contamos cuál sería el porcentaje que deberían pagarte si trabajas en los días festivos de la Semana Santa.

Es importante aclarar que si al empleado le toca trabajar uno de estos días festivos, no tendrá derecho a pedir un día compensatorio en la semana que le sigue, pues estos días solo aplican para cuando el empleado deba laborar un domingo.

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Según lo establece el código sustantivo del trabajo en Colombia, el día de trabajo en días festivos se remunerará con un recargo del 75 % sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas.

Domingo de Ramos: 2 de abril de 2023.

Lunes Santo: 3 de abril de 2023.

Martes Santo: 4 de abril de 2023.

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Miércoles Santo: 5 de abril de 2023.

Jueves Santo: 6 de abril de 2023 (Festivo).

Viernes Santo: 7 de abril de 2023 (Festivo).

Sábado Santo: 8 de abril de 2023.

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Domingo de Resurrección: 9 de abril de 2023.

Lunes de Pascua: 10 de abril de 2023.

 

 

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