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CNE tumbó la revocatoria en San Carlos

Por presuntamente recibir apoyos financieros prohibidos en la ley, el Consejo Nacional Electoral (CNE) tumbó de revocatoria del mandato de la alcaldesa de San Carlos, Leda López Gómez. Asimismo, ese organismo abrió una investigación y formuló cargos en contra de Teodoro Ibáñez Prada, cabeza visible del movimiento ‘Salvemos a San Carlos’.

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El CNE dejó claro en su decisión que el comité de la revocatoria incumplió con lo establecido en la ley en cuanto a la recolección de apoyos y se centró en una aportante en especial, que por su condición de funcionaria pública estaba impedida para financiar este tipo de campañas

Uno de los aportes recibidos por el comité y que aparece en los estados contables entregados a las autoridades electorales provino de Hermidis del Carmen Verbel Vega quien ostenta actualmente el cargo de coordinadora en la Institución Educativa ‘Cecilia Lleras’ en Montería.

Señala el CNE: “Al respecto, debe señalarse que al evidenciarse que en el proceso de recolección de apoyos de la iniciativa de revocatoria de mandato denominada Salvemos a San Carlos, presuntamente uno de los aportes habría sido realizado por una funcionaria pública, financiación que se encuentra prohibida conforme lo indica el artículo 27 de la Ley 1475 de 2011, se observa una irregularidad sustancial que pudo comprometer la pureza del proceso de recolección de apoyos, y que por ende, no permitiría la certificación de los estados contables presentados por dicho comité”.

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En su parte resolutiva, la decisión del CNE anota: “Esta Corporación considera que, en el caso de estudio, existen elementos probatorios suficientes para abrir investigación y formular cargos, contra el señor Teodoro José Ibáñez Prada, en calidad de vocero del Comité Promotor ‘Salvemos a San Carlos’, que impulsa la revocatoria del mandato de la alcaldesa de San Carlos – Córdoba, señora Leda Lucía López Gómez, por la presunta vulneración del artículo 11 de la Ley 1757 de 2015 en concordancia con lo establecido en el artículo 27 de la Ley 1475 de 2011, con ocasión de una presunta financiación prohibida durante el proceso de recolección de apoyos”.

 

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