Montería

Consejo Nacional Electoral fija normas para la propaganda política

El Consejo Nacional Electoral (CNE), como máxima autoridad de los procesos electorales del país, estableció las reglas en materia de propaganda política exterior visual y auditiva, mediante la resolución 0228 de 2021.

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En dicha resolución se define el número máximo de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso los partidos y movimientos políticos, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, en las elecciones parlamentarias.

Por lo anterior, en Montería, dándole cumplimiento al Art 29 de la Ley 130 de 1994, emite el Decreto 061 de 2022, que define la forma, característica, lugares y condiciones para la fijación de carteles, pasacalles, afiches y vallas destinadas a difundir propaganda electoral, a fin de garantizar el acceso equitativo de los partidos y movimientos, agrupaciones y candidatos a la utilización de estos medios.

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En caso de incumplimiento de las disposiciones trazadas por el municipio, la Administración notificará a los infractores para que desmonten los avisos publicitarios, de no atender la misiva será la Secretaría de Gobierno la que los retire, a costas del infractor, quien, además, deberá correr con los gastos de bodegaje.

La violación de estas disposiciones normativas aplicables a la publicidad exterior visual y a los avisos publicitarios dará lugar a la imposición de multas y sanciones a cualquiera de los sujetos involucrados.

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