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No es incremento, sólo ajuste

Por : Jorge Fernando Córdova

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Ya es costumbre esperar con una expectativa conformista las discusiones a final de año sobre el ajuste o mal llamado incremento al salario mínimo, la reunión entre el gobierno, los sindicatos y empresarios casi siempre se salda con una fijación por decreto de la remuneración más cercana a lo propuesto por los empleadores. La explicación del Ejecutivo siempre es la misma: cuidar la inflación y no desestimular la oferta de empleo.

La carta política en su artículo 53 habla sobre una remuneración vital y móvil, que se proteja de la depreciación del dinero que se da con el tiempo, porque de lo contrario la pérdida del valor adquisitivo atentaría la calidad de vida de los trabajadores. Es por ello, que el reajuste de los salarios se limita al aumento de IPC y de la productividad, lo que no constituye en la practica una elevación de la remuneración.

Los empleadores pueden argumentar que por hacer el mismo trabajo no hay mayor razón de pagarles mas que un salario ajustado, mientras que los empleados pueden acudir a la teoría anacrónica marxista de que el tiempo y la plusvalía no pueden seguir en manos del capitalista. Ambas posturas tienen verdades y falacias.

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Más allá del esfuerzo o el intelecto, la capacidad de generar valor por parte del empleado debe ser un factor relevante al momento de definir su contrapartida, el empleador no debe dar por descontado que sólo debe ofrecer lo que está en la relación contractual porque da por iguales a todos aquellos empleados que deban hacer en teoría lo mismo, como si los seres respondieran como bienes uniformes de capital. Una remuneración de base más una variable por rendimiento y aporte de valor sería lo más justo, competitivo y dignificante.

El empleado no puede sostener la idea que más tiempo y sudor demanda más remuneración, porque esto sería sostener la oda a la ineficiencia y a formas de trabajo de antaño que van en contravía del progreso de la humanidad.

Pero hay que aclarar que esta posición idealista se hace muy utópica en economías débiles como la colombiana, en donde la integridad de la paga sólo es asegurada para empleados y servidores públicos. Los empleados y trabajadores privados están totalmente expuestos a coyunturas económicas.

Desde lo jurídico podemos decir que la constitución del 91 es garante de la dignificación laboral en un amplio sentido. Pero son los legisladores que siguen en deuda con el país olvidando su obligación de expedir el estatuto del trabajo y dejar la complejidad del mundo laboral a un código que cada año resiste menos.

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Si fuéramos conscientes de la importancia que tiene la ocupación laboral en temas de seguridad pública, vivienda, pensión y proyectos de vida, no tomáramos una posición oportunista del tema dependiendo en qué lugar de la relación laboral nos encontremos.

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