Nacional

Registradores podrán negar nombres que generen burla

La Registraduría Nacional del Estado Civil informó que sus funcionarios podrán abstenerse de registrar nombres como ‘Miperro’, ‘Satanás’,  ‘Judas’, ‘Pokemón’, ‘Naruto’ o ‘Yugi’ en caso de considerar que estos atentan contra la dignidad, la sana crítica y la objeción de conciencia, por tratarse de una descripción ofensiva o denigrante contra el menor.

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El director nacional de Registro Civil, Rodrigo Pérez Monroy, precisó que, en estos casos, el funcionario registral podrá recurrir a un defensor de menores para que intervenga sobre el nombre que la madre o el padre quieren, pero los notarios “no están en la obligación de suscribir ese tipo de nombres”.

De esta manera, Pérez Monroy aclaró que, así sea por gusto u ocurrencia de los padres de un recién nacido, a sus hijos no se les pueden poner nombres puedan incidir en el libre desarrollo de su personalidad o resulte ser objeto de “bullying” o matoneo en el futuro.

“No se niega la inscripción, pero sí, hay oposición de escribir en el registro notarial una expresión grotesca y ofensiva que de ninguna manera describe la personalidad o individualidad de ese menor, por consiguiente, se podría apelar a la objeción de conciencia que se encuentra claramente regulada en la Constitución Política”, señaló el Director Nacional de Registro Civil.

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