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Jueza deja en libertad a madre y a padrastro de Sara Sofía

La Juez Segunda de Bogotá dejó en libertad a Carolina Galván y Nilson Díaz, madre y padrastro de Sara Sofía Galván, tras decretar a favor de la defensa un recurso de nulidad presentado por esta, por los errores en los que incurrió la Fiscalía a la hora de hacer la imputación de cargos.

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Es decir: “La Fiscalía no indicó las condiciones modales en las que ocurrieron los hechos, ni la forma en que los procesados intervinieron, limitándose a la lectura de varios medios de prueba afectando los derechos de los procesados en su labor defensiva”.

Esto lo sustentó la Fiscalía, porque en la transcripción completa de la parte relevante de la audiencia de imputación y de lo expresado por la Fiscalía se observó que el ente acusador, como hecho jurídicamente relevante, “hizo una lectura deshilvanada de la denuncia de la tía de la menor y varias entrevistas para terminar afirmando que: ‘es que a la fecha Sara Sofía no ha aparecido y continúa desaparecida  y que la niña le dieron comida una tarde y se quedó dormida y que en la noche estaba fría y tiesa y que les había dado mucho miedo y que por eso la habían arrojado al caño y estos son los hechos y la inferencia razonable que les estoy manifestando porque ellos son los últimos que tuvieron contacto con la bebe”, dijo la Juez Segunda Penal.

Añadió que no entiende cómo, “si lo referido por Xiomara Galvan (tía de la menor), fue que su hermana Carolina la recogió y desde ahí no se conoce el paradero de la menor, se entiende que la conducta sólo es por la desaparición, no obstante ¿qué relación tiene esto con que la menor falleció? y no se especificó por parte del ente acusador si el testimonio es creíble para la Fiscalía”, dijo la Juez, quien añadió que no se tiene claridad de los cargos.

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La Juez explicó que todo esto denota que la Fiscalía “está dubitativa o no ha logrado estructurar la hipótesis de los hechos jurídicamente relevantes”.

Con relación a Nilson Díaz, padrastro de Sara Sofía, “la Fiscalía no indicó qué participación tuvo, además de ser la pareja sentimental de la mujer y de cobrar un subsidio en el delito de desaparición forzada”.

Por esta razón, la togada argumentó que “no podría esperarse que con la formulación de acusación se solventen irregularidades evidentes en el acto de comunicación de cargos, por ende no logra dilucidar el despacho, como en la formulación de acusación, podrían subsanarse los hierros advertidos en la formulación de imputación”.

La juez agregó que si se permitiera la continuación del proceso, además de afectar las garantías de los implicados, se podría llegar a afectar los derechos de las víctimas, a la verdad, a la justicia y la reparación, porque este acto irregular de la Fiscalía puede conllevar a un juicio sin fundamento probatorio sobre la responsabilidad de la implicados, lo cual genera impunidad sin que se establezca la verdad de lo ocurrido.

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El objetivo de esta decisión, según la juez, es que “la Fiscalía corrija estos actos irregulares, para que se adelante un juicio con las formas propias y en estricto apego de las garantías de las víctimas e indiciados”.

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