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Policía cerró establecimientos comerciales en el barrio Sucre por incumplir las normas de convivencia

En el marco de las actividades desplegadas del Plan de Choque, ‘El que la hace la paga’, la Policía Nacional impuso un sello a establecimientos abiertos al público en el barrio Sucre de Montería,  por no cumplir los requisitos establecidos en la ley 1801 de 2016.

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Estas acciones buscan prevenir algunos comportamientos contrarios  a la convivencia que afecten la seguridad y tranquilidad  de la ciudadanía durante los fines de semana.

Los requisitos para el desarrollo de cualquier actividad económica lo contempla el Artículo 87 del Código Nacional de Policía, que dice: Para el ejercicio de cualquier actividad comercial, industrial, de servicios, social, cultural, de recreación, de entretenimiento, de diversión; con o sin ánimo de lucro, o que siendo privadas, trasciendan a lo público; que se desarrolle o no a través de establecimientos abiertos o cerrados al público, además de los requisitos previstos en normas especiales, se deben cumplir previamente a la iniciación de la actividad económica los siguientes requisitos:

  1. Las normas referentes al uso del suelo, destinación o finalidad para la que fue construida la edificación y su ubicación.
  2. Mantener vigente la matrícula mercantil de la Cámara de Comercio de la respectiva jurisdicción donde se desarrolle la actividad.
  3. La comunicación de la apertura del establecimiento, al comandante de estación o subestación de Policía del lugar donde funciona el mismo, por el medio más expedito o idóneo, que para tal efecto establezca la Policía Nacional
  4. Para la comercialización de equipos terminales móviles se deberá contar con el permiso o autorización expedido por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o su delegado.

Durante la ejecución de la actividad económica deberá cumplirse con los siguientes requisitos

  1. Las normas referentes a los niveles de intensidad auditiva.
  2. Cumplir con los horarios establecidos para la actividad económica desarrollada.
  3. Las condiciones de seguridad, sanitarias y ambientales determinadas en el régimen de Policía.
  4. El objeto registrado en la matrícula mercantil y no desarrollar otra actividad diferente.
  5. Para aquellos establecimientos donde se ejecuten públicamente obras musicales causantes de pago, protegidas por las disposiciones legales vigentes sobre derechos de autor, mantener y presentar el comprobante de pago al día.
  6. Para ofrecer los servicios de alojamiento al público u hospitalidad, se debe contar con el registro nacional de turismo.
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