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Niegan “hábeas corpus” que buscaba libertad de Álvaro Uribe Vélez

El Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Montería negó el “habeas corpus” por medio del cual un ciudadano  buscaba la libertad  del expresidente Álvaro Uribe Vélez .

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La acción fue interpuesta el pasado lunes 17 por  Santiago Valencia, alegando la violación de principios fundamentales en la medida de aseguramiento que la Sala de Instrucción de la Corte Suprema le dictó a Uribe Vélez.

Según la resolución del juez, la parte accionante no demostró que la suspensión del presidente Uribe generaba un entorpecimiento en la administración pública.

Según el comunicado emitido por el juzgado carece de actualidad el reclamo, en tanto que Álvaro Uribe Vélez renunció al cargo de senador, la cual le fue aceptada por el Congreso, como se evidenció en la transmisión en directo del Canal del Congreso martes 18 de agosto 2020.

“No se puede pretender a través de la acción de Habeas Corpus atacar decisiones judiciales que cuentan con recursos ordinarios establecidos y los cuales son garantía para el procesado en los casos que considere que no existen fundamentos para la adopción de una decisión judicial y más aún en el presente caso, que según lo dicho por la Corte Suprema de Justicia en su informe, la defensa del doctor Álvaro Uribe Vélez se abstuvo de presentar recurso alguno contra el auto de 03 de agosto de esta anualidad”, resalta en la sentencia.

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Para el Juzgado, la detención de Álvaro Uribe Vélez no es arbitraria o ilegal, por cuanto obedece a la materialización de la imposición de medida de aseguramiento de detención preventiva sustituida por detención domiciliaria librada por la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia a través de auto 03 de agosto de 2020, la cual se encuentra ejecutoriada y vigente, por cuanto no ha sido cancelada por la Corte que asume el conocimiento de dicha causa penal.

Ahora se espera que la Sala de Instrucción responda la solicitud de la defensa de Uribe de pedir que su caso salga de la órbita de ese alto tribunal, tras la renuncia del exmandatario a su curul en el Senado. 

Dentro de las garantías constitucionales y convencionales de la libertad, se encuentra sin lugar a dudas la de que esa decisión debe ceñirse estrictamente al procedimiento.

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