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Min-Salud autorizó la reapertura de cines y teatros en Colombia

De acuerdo con la resolución 1408, fechada el 14 de agosto, el Ministerio de Salud autoriza la reactivación cinematográfica y la presentación de obras de artes escénicas en salas teatros.

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Para esta reapertura, se deberán cumplir con estrictos protocolos de bioseguridad. Entre las disposiciones se estipula que la salas de cine y los teatros deberán dejar dos sillas vacías entre cada espectador y entre cada fila ocupada debe quedar una libre. En ningún caso la disposición podrá ser tal que supere el 50 % del aforo máximo de la sala.

Para la venta de boletería, el acceso a los baños y la circulación de asistentes, se debe establecer un flujo en el que se mantenga el distanciamiento físico exigido de dos metros mínimo entre personas. Igualmente, deberán señalizar los ingresos y salidas para dichos desplazamientos y ubicaciones.

La norma también establece que no se podrán consumir alimentos dentro de la sala o el teatro, y que las puertas y ventanas deben permanecer abiertas para permitir la ventilación natural.

Al ingreso de cada sala, el exhibidor deberá disponer de módulos de desinfección, que incluyan lavamanos,  dispensadores  de  jabón, gel, alcohol glicerinado y toallas desechables.

Como en casi todos los accesos de sitios públicos, se exigirá el uso de tapabocas, tanto para los empleados de los teatros como los asistentes, además de la toma de temperatura.

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La resolución encarga a las secretarias de Salud  municipales o distritales de verificar el cumplimiento de dicho protocolo.

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