Cultura y Entretenimiento

‘Epa Colombia’ reapareció en redes ‘haciendo del cuerpo’ podría ir a la cárcel

Daneidy Barrera, conocida como ‘Epa Colombia’, vuelve a estar en la mira de las autoridades por no acatar la orden de un juez, quien le prohibió usar sus redes sociales, mientras avanza la investigación por sus actos de vandalismo contra la infraestructura de Bogotá.

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Aunque esa orden fue emitida el pasado 29 de noviembre, Barrera habría hecho cinco publicaciones desde entonces que la podrían meter en problemas judiciales (una de esas, al parecer, desde la cuenta de su novia).

El 6 de diciembre publicó su más reciente video desde una de sus cuentas de Instagram, en el que se queja de cómo los medios de comunicación solo ven lo negativo en sus actuaciones.

«Para destruirlo, criticarlo y ‘boletearlo’ a uno sí están buenos. Pero uno recolectando juguetes y dinero para los niños que lo necesitan y las fundaciones, ahí sí no lo viralizan, ni hacen ningún aporte», señaló la mujer en la grabación de 40 segundos.

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https://twitter.com/YeimisEcheverry/status/1204036076802850816?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1204036076802850816&ref_url=https%3A%2F%2Fcanal1.com.co%2Fentretenimiento%2Fvirales%2Fepa-colombia-reaparecio-en-redes-haciendo-del-cuerpo-y-podria-ir-a-la-carcel%2F

¿Por qué podría ir a la cárcel?
Además de los cargos que le imputó la Fiscalía por los hechos del viernes 22 de noviembre, en el que subió un video destruyendo una estación de TransMilenio, a ‘Epa Colombia’ se le sumaría el delito de fraude a resolución judicial.

Según Camilo Burbano, abogado penalista citado por El Tiempo, la Fiscalía, la Procuraduría o TransMilenio como víctima, podrían pedir al juez de garantías la medida de aseguramiento intramural (que no dio inicialmente), así como otras restricciones.

Por eso, frente a los incumplimientos de Barrera, la autoridad judicial tomaría la medida de darle casa por cárcel o enviarla a prisión.

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Si la Fiscalía decide acusar a ‘Epa Colombia’ por el delito de fraude a resolución judicial o administrativa, tipificado en el Código Penal en el artículo 454, la mujer «incurriría en prisión de uno a cuatro años y multa de 5 a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes».

Con información de Canal 1

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