Córdoba

Lyons podrá disfrutar su fortuna: Corte no avaló indemnización

Una decisión de la Corte Suprema de Justicia liberó al exgobernador Alejandro Lyons Muskus, de indemnizar a las víctimas del desfalco de los dineros de la salud en Córdoba

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La principal afectada por esta decisión sería la administración departamental que no podrá recuperar los dineros que fueron sustraídos ilegalmente en lo que se conoció como el cartel de la hemofilia.
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RELACIONADOS: PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN CORRUPCIÓN ALEJANDRO LYONS MUSKUS CORTE SUPREMA
Por: Montería 04 de junio 2019 , 10:40 a.m.
Una decisión de la Corte Suprema de Justicia liberó al exgobernador de Córdoba Alejandro Lyons Muskus, de indemnizar a las víctimas del desfalco de los dineros de la salud en ese departamento.

La principal afectada por esta decisión sería la administración departamental que no podrá recuperar los dineros que fueron sustraídos ilegalmente en lo que se conoció como el cartel de la hemofilia.

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Segunda inhabilidad contra Alejandro Lyons, esta vez es por 15 años
Padre del exgobernador Alejandro Lyons se entregó a las autoridades
El round en esta pelea contra la corrupción lo perdió la Contraloría General de la República, que había interpuesto un incidente de reparación integral en favor de los afectados por el proceder ilegal de Lyons y un grupo de funcionarios que se apropiaron de una cuantía que, según el ente de control, superaría los 80.000 millones de pesos.

La inconformidad de la Contraloría surgió después de octubre de 2017, cuando Alejandro Lyons logró sellar un acuerdo de oportunidad con la Fiscalía en el que se comprometió a colaborar entregando información de los hechos irregulares y a devolver cerca de 4.000 millones de pesos en dos años. Esto estaría pactado dentro del proceso que por concierto para delinquir le imputó el ente acusador.

Tras elevar su queja ante la Corte Suprema de Justicia en mayo 2018, la Contraloría pretendía aumentar el monto de reparación considerando como irrisoria la cuantía acordada dentro de la negociación con la Fiscalía.

El delito es de peligro abstracto –es decir, no es necesaria la verificación de un daño material– cuyo bien jurídico objeto de tutela es la seguridad pública, no la administración pública”

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RELACIONADOS: PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN CORRUPCIÓN ALEJANDRO LYONS MUSKUS CORTE SUPREMA
Por: Montería 04 de junio 2019 , 10:40 a.m.
Una decisión de la Corte Suprema de Justicia liberó al exgobernador de Córdoba Alejandro Lyons Muskus, de indemnizar a las víctimas del desfalco de los dineros de la salud en ese departamento.

La principal afectada por esta decisión sería la administración departamental que no podrá recuperar los dineros que fueron sustraídos ilegalmente en lo que se conoció como el cartel de la hemofilia.

Casa por cárcel para Alejandro Lyons, padre
Segunda inhabilidad contra Alejandro Lyons, esta vez es por 15 años
Padre del exgobernador Alejandro Lyons se entregó a las autoridades
El round en esta pelea contra la corrupción lo perdió la Contraloría General de la República, que había interpuesto un incidente de reparación integral en favor de los afectados por el proceder ilegal de Lyons y un grupo de funcionarios que se apropiaron de una cuantía que, según el ente de control, superaría los 80.000 millones de pesos.

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La inconformidad de la Contraloría surgió después de octubre de 2017, cuando Alejandro Lyons logró sellar un acuerdo de oportunidad con la Fiscalía en el que se comprometió a colaborar entregando información de los hechos irregulares y a devolver cerca de 4.000 millones de pesos en dos años. Esto estaría pactado dentro del proceso que por concierto para delinquir le imputó el ente acusador.

Tras elevar su queja ante la Corte Suprema de Justicia en mayo 2018, la Contraloría pretendía aumentar el monto de reparación considerando como irrisoria la cuantía acordada dentro de la negociación con la Fiscalía.

El delito es de peligro abstracto –es decir, no es necesaria la verificación de un daño material– cuyo bien jurídico objeto de tutela es la seguridad pública, no la administración pública
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Pero la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte determinó negar los requerimientos del ente fiscalizador con base en varias consideraciones.

El magistrado ponente Ariel Augusto Torres Rojas, consignó en su decisión como ponente, que el delito de concierto para delinquir, por el cual se llevó a cabo el acuerdo y se logró una sentencia de 5 años de prisión no está tipificado dentro de la “administración pública”, y por el contrario corresponde a “seguridad pública”.

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“El delito es de peligro abstracto –es decir, no es necesaria la verificación de un daño material– cuyo bien jurídico objeto de tutela es la seguridad pública, no la administración pública”, asegura el magistrado.

Señala también, que dentro del acuerdo entre las partes no se condicionó la reparación de perjuicios ya que el delito de concierto para delinquir no fue la principal razón para que Lyons aumentara su patrimonio producto del desfalco, lo que descarta que se haya producido un daño económico por dicha conducta. Pero aclara que la reparación a las víctimas será objeto de discusión en los trámites de los delitos distintos al de concierto para delinquir.

Finalmente, aclara el magistrado Torres, que durante la audiencia pública, la suscripción del acuerdo y la sentencia; tanto la Contraloría como la Gobernación de Córdoba no presentaron objeciones de manera formal.

“Por el contrario, ambos (departamento de Córdoba y Contraloría) dieron su aprobación adhiriendo al preacuerdo en el momento en que la Corte les corrió traslado luego de impartirle aprobación al mismo”, aseguró el magistrado.

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Por esta razón, considera la Sala de Primera Instancia que es inviable surtir un trámite de reparación integral en el entendido que no existen evidencias que aclaren los perjuicios económicos.
Tomado de EL TIEMPO

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