Opinión

Ganancias teóricas y tributación

POR HORACIO AYALA VELA

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Exdirector DIAN

El proyecto de reforma que cursa en el Congreso con mensaje de urgencia, se presentó con el propósito principal, y casi angustioso, de obtener recursos para llenar un hueco en las finanzas del Estado. Paradójicamente, entre las medidas prioritarias se propuso reducir la tributación de las empresas, para aliviar la que se ha reiterado por el gobierno y los empresarios como una carga exagerada que desestimula la inversión y afecta el desarrollo. No obstante, para medirla se han utilizado mecanismos puramente subjetivos, basados en la suma simple de tarifas nominales de impuestos existentes y comparaciones sobre la proporción de la contribución empresas-personas con los países de la Ocde.

En contraste, como se mencionó en estas páginas, dice la Superintendencia de Sociedades que en el 2017 las mil compañías más grandes ganaron 14 por ciento más que el año anterior. ¿Cómo se explica este fenómeno? Muy sencillo: las tarifas nominales no miden de manera fiel la carga tributaria, porque si bien hay empresas que pagan mucho, otras pagan poco y las hay que no pagan, por razones diversas, unas legítimas y otras no.

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Entre las primeras, es evidente que la supresión del pago de parafiscales redujo sustancialmente la carga total de muchas empresas –amén de los efectos positivos sobre el empleo–. Por ejemplo, en hotelería el beneficio ha sido muy importante, sumado a otras normas, que en conjunto reducen las cargas totales de las empresas hoteleras y sus accionistas. (¡No obstante, están demandando al Estado!).

Mucho se ha hablado de los privilegios de las zonas francas, que se añaden a sus gabelas aduaneras, sobre lo cual han insistido mucho los organismos internacionales. El gobierno anterior eliminó varios beneficios excesivamente costosos para el erario, pero creó otra fuente de elusión y evasión en la llamada Progresividad en el Impuesto sobre la Renta. Además, no solo las personas naturales evaden, las jurídicas también lo hacen y en mayores cuantías. El relajamiento de la ética profesional de algunos ‘expertos’ consejeros ha popularizado el uso de métodos con apariencia legal, como los fraccionamientos de sociedades, los pagos por servicios inexistentes y otros que se facilitan con el uso de sociedades fantasmas, principalmente en paraísos fiscales, amén de las facturas falsas y otros mecanismos tramposos.

Datos de la Dian consignados en un trabajo de Javier Ávila (2017), indican que la evasión del impuesto sobre la renta en personas jurídicas alcanzaba el 34,4 por ciento. Sobre este aspecto, de nuevo preguntamos: ¿cuál es el recaudo por los impuestos pagados sobre las enormes ganancias obtenidas en la venta de grandes empresas colombianas?

Existen, entonces, grandes diferencias entre las exageradas tarifas nominales de impuestos que desaniman a los empresarios, y la tributación real. Pero es evidente que las utilidades que se llevan los accionistas no son teóricas; no obstante los avances tecnológicos, todavía los bancos no aceptan esa clase de depósitos. El enorme desvelo de los funcionarios del Gobierno y del Congreso para encontrar fórmulas mágicas, pasando por otro apretón a la soga que ya asfixia a las rentas de trabajo, probablemente no tiene justificación. Hagan justicia poniendo a tributar por igual a todas las empresas.

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