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Corte suprema definirá la suerte del alemán, juez apelará

El Juez Segundo Penal del Circuito de Montería, Edwin Rodelo Tapia, apelará la decisión tomada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Montería con relación a la acción de tutela interpuesta por la abogada Bienvenida Paternina Ruiz y Luly Stephanie Ricardo Jiménez en la que se ordenó dejar sin efectos jurídicos el auto del 17 de mayo de 2018 y se ordenó la reclusión del exrector del Colegio Alemán, Martín Reichenauer, en un centro carcelario, esto por cuanto es imputado del delito de actos sexuales con menor de 14 años.

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Con esta determinación del juez Rodelo Tapia, la acción de tutela deberá ser analizada por la Corte Suprema de Justicia, ente que será el encargado de definir si se mantiene la detención domiciliaría con brazalete electrónico a Reichenauer o por el contrario se acoge la argumentación del Tribunal Superior de Montería y es enviado de nuevo a la cárcel Las Mercedes de Montería.

Según informó el diario EL MERIDIANO conoció los argumentos expresados por el juez Rodelo en la contestación a la acción de tutela.
“El artículo 199 del Código de Infancia y Adolescencia, ha presentado una serie de inconvenientes en materia de controversia entre derechos fundamentales, pues se pretende hacer un verdadero estudio para evitar que las cárceles se conviertan en celdas de deshumanidad, en deterioro de derechos y garantías fundamentales, con asidero al discutible criterio del interés superior del niño, que no puede considerarse un derecho absoluto, ya que de ser así se estaría afectando el Estado Social de Derecho”.

Aseguró además que en materia de medidas de aseguramiento le corresponde a todo operador jurídico hacer un estudio de control, razón por la que se debe acudir a lo expresado por el bloque de constitucionalidad con el ánimo de tener en cuenta las opiniones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

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“Haciendo una ponderación de derechos y garantías fundamentales, la decisión adoptada no ofrece perjuicio alguno al menor, puesto que no se está concediendo ningún beneficio ya que el artículo 307 del Código de Procedimiento Penal indica que son medidas de aseguramiento privativas de la libertad la intramural y la domiciliaria”, aseguró Rodelo Tapia.
Por último, anotó el Juez que “es tan controversial e impreciso el artículo 199 del Código de Infancia que la Corte ha venido matizando su alcance o aplicación y se está en mora de hacer un verdadero estudio de política criminal en aras de respetar toda esa gama de derechos universalmente reconocidos y de obligatorio cumplimiento”.

Martín Reichenauer, exrector del Colegio Alemán, es procesado por el delito de actos sexuales con menor de 14 años, presuntamente por haber tocado en las zonas genitales a una estudiante de 6 años de edad del Colegio Alemán, del que era rector. El delito se habría configurado hasta el día 27 de noviembre de 2017 cuando se reportó a la Fiscalía que fue el último tocamiento.

Tomado de El Meridiano

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